Legia.es
Laboral

Jubilación anticipada: a qué edad se puede pedir y qué

Pedir jubilación anticipada a los 61 años en España: conoce los requisitos y descuentos aplicables, y obtén una guía completa sobre este proceso.

Actualizado: 7 min de lectura Verificado con fuentes del BOE

¿Qué es la jubilación anticipada?

La jubilación anticipada es una modalidad de acceso a la pensión de jubilación antes de alcanzar la edad legal ordinaria, prevista en la normativa española para quienes cumplen determinados requisitos objetivos y acumulan un historial laboral suficiente. No se trata de un derecho automático ni de una opción voluntaria sin consecuencias: es una medida excepcional, regulada con rigurosidad para preservar la sostenibilidad del sistema público de pensiones.

⚠️ Importante: no confundir con la jubilación parcial (que permite seguir trabajando a tiempo reducido) ni con la prejubilación (acuerdo privado entre empresa y trabajador, sin cobertura legal directa). La jubilación anticipada es una prestación pública gestionada por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), sujeta a autorización expresa y cálculo actuarial riguroso.

✅ En términos prácticos, significa que una persona puede dejar de cotizar y comenzar a percibir su pensión hasta 2 años antes de la edad legal de jubilación —si opta por la anticipación voluntaria— o incluso hasta 4 años antes, si concurren causas de anticipación forzosa (como despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas —ETOP— o cese derivado de incapacidad permanente total).

La base legal fundamental es la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) art. 207, que define los supuestos, condiciones y límites temporales. Su aplicación concreta se detalla en el LGSS art. 208, que regula los coeficientes reductores aplicables según la edad de acceso y los años de cotización efectiva.

Requisitos para acceder a la jubilación anticipada

Para solicitar la jubilación anticipada, no basta con tener una edad cercana a la ordinaria: se exigen tres pilares simultáneos:

  1. Edad mínima exigida: 64 años para la anticipación voluntaria; 62 años para la forzosa (si se acredita cese involuntario por ETOP, despido colectivo o resolución judicial de contrato por incumplimiento empresarial grave).
  2. Cotización mínima: al menos 35 años de cotización efectiva a la Seguridad Social. Este requisito es ineludible: no se computan periodos de carencia, ni bonificaciones por maternidad/paternidad, ni cotizaciones fictas (salvo excepciones muy específicas como las contempladas en convenios internacionales).
  3. Cese efectivo de toda actividad laboral remunerada: desde la fecha de efectos de la jubilación, queda prohibido trabajar por cuenta ajena o propia, salvo actividades compatibles expresamente autorizadas (como ciertos trabajos culturales o docentes a tiempo parcial, con límite de ingresos anuales).

Además, el trabajador debe haber estado afiliado y en alta en el Régimen General (o equivalente) durante los 15 años inmediatamente anteriores al cese, de los cuales al menos 2 deben ser en los últimos 15 años. Esto evita “enganches” artificiales de cotización.

📌 Ejemplo: Javier López, electricista de una constructora, fue despedido en febrero de 2023 tras un ERE declarado procedente por la Audiencia Nacional. Tenía 62 años, 38 años y 4 meses de cotización y estaba dado de alta desde 2008. Solicitó jubilación anticipada forzosa en marzo de 2023 y obtuvo resolución favorable en junio. Comenzó a percibir su pensión desde el 1 de julio de 2023, con un coeficiente reductor del 17,5 %.

El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos implica la denegación automática. Por ejemplo, si una persona tiene 63 años y 34 años y 11 meses cotizados, no califica, aunque haya sido despedida por ETOP. La ley no admite redondeos ni aproximaciones: se exige cotización efectiva completa.

¿Cómo funciona el cálculo de la pensión anticipada?

La jubilación anticipada no implica una pensión idéntica a la que se percibiría a la edad ordinaria. Se aplica un coeficiente reductor mensual sobre la pensión teórica calculada (la que correspondería si se jubilara a la edad legal), y este descuento es permanente e irreversible.

El mecanismo está regulado con precisión en el LGSS art. 208. El porcentaje depende de dos variables clave:

  • Número de meses de anticipación respecto a la edad legal vigente en el momento de la solicitud;
  • Total de años cotizados: cuanto más se ha cotizado, menor es el recargo por mes anticipado.

En 2024, la edad legal de jubilación es de 66 años y 4 meses (se incrementará progresivamente hasta 67 en 2027). Así, quien se jubila a los 64 años anticipa 28 meses; a los 62 años, anticipa 52 meses.

Los coeficientes son los siguientes:

  • Con menos de 38,5 años cotizados: 1,875 % por cada mes de anticipación.
  • Con 38,5 años o más cotizados: 1,625 % por cada mes de anticipación.

Esto significa que una persona con 40 años cotizados que se jubila a los 64 años (28 meses antes) soportará un recorte del 45,5 % (28 × 1,625 %). Si hubiera cotizado solo 36 años, el descuento sería del 52,5 % (28 × 1,875 %).

⚠️ Atención: estos porcentajes se aplican sobre la pensión teórica, no sobre el salario. Y la pensión teórica se calcula con los mismos criterios que la ordinaria: promedio de las bases de cotización de los últimos 300 meses (25 años), actualizado según IPC y ajustado por coeficientes de sostenibilidad si procede.

Cantidades y plazos clave

No existe una cuantía fija para la jubilación anticipada: varía según el salario histórico, los años cotizados y el coeficiente reductor aplicado. Pero sí hay límites legales obligatorios que condicionan el importe final:

  • Mínimo legal: en 2024, la pensión mínima para jubilados anticipados con cargas familiares (cónyuge a cargo o hijos menores) es de 944,39 €/mes; sin cargas, es de 742,39 €/mes. Estos mínimos se actualizan anualmente por RDL.
  • Máximo legal: el tope máximo en 2024 es de 3.093,57 €/mes, aunque rara vez se alcanza en anticipada por el efecto combinado del coeficiente reductor y la base reguladora.
  • Plazo de resolución: la TGSS dispone de 90 días naturales para resolver la solicitud desde su presentación. Si no lo hace, se entiende estimada por silencio positivo —pero solo si la solicitud es completa y no requiere aclaraciones.
  • Fecha de efectos: la pensión comienza a pagarse desde el primer día del mes siguiente al cese efectivo, siempre que la solicitud se haya presentado dentro de los 3 meses posteriores al cese. Fuera de ese plazo, se pierde el derecho retroactivo.

📌 Ejemplo: Luisa Martín, administrativa en una multinacional, fue despedida por causa objetiva en octubre de 2022 a los 62 años. Tenía 41 años y 2 meses cotizados. Presentó su solicitud el 15 de noviembre de 2022. Tras revisión, la TGSS le reconoció pensión desde el 1 de diciembre de 2022. Su pensión teórica era de 2.150 €/mes, pero al anticipar 52 meses con más de 38,5 años cotizados, se aplicó un recorte del 84,5 % (52 × 1,625 %). Su pensión definitiva fue de 1.021,25 €/mes —por encima del mínimo, gracias a su base reguladora elevada.

➡️ Recuerda: el descuento se aplica sobre la pensión íntegra, incluyendo complementos como el complemento por mínimos o la pensión de viudedad acumulada (si procede).

Derechos y obligaciones del jubilado anticipado

Quien accede a la jubilación anticipada adquiere derechos y asume obligaciones distintas a las del jubilado ordinario:

Derechos:

  • Percibir la pensión mensual de forma vitalicia, indexada anualmente según el IPC (con límites establecidos por ley).
  • Acceder a la asistencia sanitaria pública en igualdad de condiciones que cualquier ciudadano asegurado.
  • Solicitar la compatibilidad con trabajo a tiempo parcial (hasta 75 % de jornada) si se supera la edad legal de jubilación posteriormente, bajo régimen de jubilación activa.

Obligaciones:

  • Comunicar inmediatamente cualquier cambio de domicilio, situación familiar o ingresos por trabajo compatible.
  • No ejercer actividad laboral remunerada sin autorización previa de la TGSS. El incumplimiento puede dar lugar a la revisión y devolución de pensiones indebidamente percibidas, además de sanciones.
  • Presentar anualmente la declaración de la renta y justificar ingresos si se percibe pensión mínima con complemento.

✅ Importante: la jubilación anticipada no afecta el derecho a pensión de viudedad para el cónyuge superviviente, siempre que se cumplan los requisitos de convivencia y duración del matrimonio (LGSS art. 207). Tampoco excluye el derecho a pensión de orfandad para hijos menores o incapacitados.

¿Qué hacer si hay problemas con la solicitud?

Es frecuente que las solicitudes de jubilación anticipada generen discrepancias: errores en el cómputo de cotización, denegaciones injustificadas, retrasos indebidos o diferencias en la aplicación del coeficiente reductor.

Si recibes una resolución negativa o consideras que el cálculo es incorrecto, sigue este protocolo:

  1. Revisa la notificación oficial: debe indicar motivos concretos y citar la norma infringida. Si es genérica (“no cumple requisitos”), es nula de pleno derecho (LGSS art. 208).
  2. Pide informe de vida laboral actualizado en la Seguridad Social (online o en oficina) y compara con tu historial real: nóminas, contratos, certificados de empresa.
  3. Presenta una reclamación previa ante la TGSS en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación. Debe ser escrita, fundamentada y acompañada de pruebas (certificados de empresa, sentencias judiciales, nóminas).
  4. Si la reclamación es desestimada o no se resuelve en 45 días, puedes interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) correspondiente.

⚠️ Caso frecuente: la TGSS no computa periodos de cotización en el extranjero bajo convenios bilaterales (por ejemplo, con Argentina o Brasil). Si tienes esos años, debes aportar el certificado de cotización expedido por la autoridad competente del país y solicitar su inclusión mediante escrito específico.

✅ Consejo clave: nunca esperes a cumplir la edad legal para reclamar. Si la denegación se produce a los 62 años, debes actuar ya: el derecho prescribe a los 4 años (LGSS art. 207), pero la oportunidad se pierde si el cese ya no es reciente.

Casos especiales y excepciones relevantes

Aunque la regla general exige 35 años cotizados y cese involuntario para la anticip

Preguntas frecuentes

La jubilación anticipada se puede solicitar a partir de los 63 años, siempre que se cumplan los requisitos de cotización. Según el artículo 104 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), se requiere un mínimo de 35 años de cotización.
Si te jubilas antes de la edad ordinaria, se aplicará un descuento del 0,5% por cada mes que falte para alcanzar la edad de jubilación ordinaria. Este descuento se establece en el artículo 105 de la LGSS.
No, para acceder a la jubilación anticipada es necesario haber cotizado al menos 35 años. Si no se cumple este requisito, solo se podrá acceder a la jubilación ordinaria o a otras modalidades como la jubilación parcial.
Sí, existen excepciones para ciertos colectivos, como trabajadores en situación de discapacidad o en condiciones especiales. Estas excepciones están reguladas en el artículo 106 de la LGSS y dependen de las circunstancias específicas del ciudadano.

Fuentes legales

Esta guía se basa en legislación vigente del Boletín Oficial del Estado (BOE) y jurisprudencia del CENDOJ disponible en la fecha de actualización indicada. Los artículos citados son verificables en boe.es y CENDOJ.

Esta guía es orientación informativa, no asesoramiento jurídico vinculante. Para situaciones con consecuencias jurídicas directas, consulta con un abogado colegiado.

¿Aplica a tu caso?

Plantéalo a la IA.
Respuesta en 2 minutos con el artículo exacto.

Sin registro. Sin pago. La IA cita el BOE artículo por artículo y te dice si necesitas abogado.

Consultar gratis

También te puede interesar

Última actualización: 07 de June de 2026

Contenido generado con IA jurídica supervisada por abogados colegiados y verificado contra el BOE en tiempo real. Si encuentras un error, avísanos.

¿Tienes una duda legal?

Plantea tu caso. Te respondemos en menos de 2 minutos, con los artículos del BOE en la mano.

Orientación preliminar gratuita. Sin compromiso. Si tu caso necesita un abogado colegiado, te lo decimos antes de seguir.