Calculadora · Derecho laboral
Calculadora de horas extra 2026
Calcula el valor de tus horas extraordinarias y comprueba el límite legal anual. Basado en el art. 35 del Estatuto de los Trabajadores.
Tu situación laboral
El convenio colectivo de tu sector puede establecer recargos superiores. Las horas extra también pueden compensarse con descanso equivalente en lugar de retribución económica.
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Todo sobre las horas extraordinarias en España
El art. 35 ET regula las horas extraordinarias. Puntos clave para 2026:
- Límite anual: máximo 80 horas extra al año (excluidas las de fuerza mayor).
- Remuneración mínima: igual al valor de la hora ordinaria. El convenio colectivo puede mejorarla.
- Alternativa al dinero: pueden compensarse con descanso retribuido equivalente.
- Voluntariedad: las horas extra son voluntarias salvo pacto en convenio o contrato.
- Registro obligatorio: desde 2019, las empresas deben registrar diariamente la jornada de cada trabajador.
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Preguntas frecuentes
Dudas sobre las horas extra
Sí. Las horas extra son voluntarias salvo que estén pactadas en convenio colectivo o contrato individual. La empresa no puede sancionarte por negarte a hacerlas si no hay ese pacto. Excepción: horas extra por fuerza mayor (accidentes, daños urgentes), que son obligatorias.
Las horas que excedan el límite de 80 horas anuales son ilegales y la empresa puede ser sancionada por la Inspección de Trabajo. Como trabajador, tienes derecho a cobrarlas igualmente si las realizaste. La prescripción de la reclamación salarial es de 1 año desde que debieron abonarse.
Sí. Las horas extra están sujetas a cotización especial: las horas extra por fuerza mayor cotizan al 14% (empresa 12% + trabajador 2%). El resto de horas extra cotizan al 28.30% (empresa 23.60% + trabajador 4.70%). No computan para la base reguladora de prestaciones.
Sí. Desde el RDL 8/2019, las empresas deben registrar diariamente la jornada. Ese registro es prueba fundamental en reclamaciones. Si la empresa no lo tiene o lo manipula, puede ser sancionada y el trabajador tiene presunción de veracidad sobre las horas declaradas.
Sí. El art. 35.1 ET permite compensar las horas extra con descanso retribuido equivalente en lugar de pago dinerario. El convenio colectivo puede regular el plazo para disfrutar ese descanso (normalmente 4 meses desde que se realizaron).
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